Una simple llamada a la Diputación hubiera sido suficiente para contrastar los datos y saber que ha sido un error de transcripción y que la persona que pide la ayuda está viva.
Tras leer el tendencioso titular del artículo de ibaneza y todo lo que en él se escribe al amparo de lo sucedido en el vergonzoso pleno del pasado jueves, nos vemos en la obligación moral de explicar la realidad de lo ocurrido.
El jueves, en el pleno celebrado a las 12, mientras se debatía sobre el plan de inundaciones del ayuntamiento, y ante los escasos o nulos argumentos del portavoz del psoe para contestar a las aportaciones que nuestro portavoz hacía, decidió atacar de forma malintencionada con supuestas acusaciones que nada tenían que ver con el punto en cuestión.
Así, el señor Tomás Gallego decidió hacer público un documento que había llegado de la Diputación, previa solicitud de los CEAS de La Bañeza, en el que se pedía un local para recibir clases y ayudar a dos personas a conseguir el graduado en la ESO. Apoyándose en la mentira de que una de ellas había fallecido, y acusando a nuestro portavoz de forma insistente en que él formaba parte de dicha solicitud en algún grado, puesto que un familiar suyo forma parte de la Asociación de Voluntarios que se ofrecieron, de forma altruista, a ayudar a estas personas.
Calificativos para este hombre, mejor no escribir ninguno, porque no existiría uno bueno. Para comenzar, diremos que un informe de los servicios sociales no debe hacerse público bajo ninguna circunstancia puesto que contiene datos personales, que están protegidos por la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.
Para continuar queremos dejar claro que nuestro partido nada tiene que ver con la asociación de voluntarios de La Bañeza, que llevan trabajando en un segundo plano y con una labor encomiable ayudando a todo aquel que lo necesite, desde hace ya más de 8 años. Ni que decir tiene, que nuestro partido no existía por aquel entonces, y que la relación entre ambas formaciones no existe, salvo para alguna mente probablemente perturbada.
Desde el CEAS se pidió ayuda a la Asociación de Voluntarios para ayudar a un par de personas a sacar el título de la ESO, y desde la diputación se solicitó al Ayuntamiento un lugar en el que esas personas pudieran recibir el apoyo, hasta que realizaran el examen en el mes de mayo.
No entendemos las acusaciones que se hicieron en el pleno, ni tampoco la redacción de los hechos que aparecen publicados en ibaneza, que no ha contrastado la información ni con Diputación (que fue quien envió el escrito, y que en el caso de haber algún error de redacción serían los responsables), ni con los CEAS de La Bañeza.
No entendemos tampoco el menosprecio hacia nosotros, pero mucho menos que deje en mal lugar a una Asociación que lo único que hace es ayudar de forma altruista a todo aquel que lo solicita.
Creemos que es muy rastrero bajo y reprobable todo lo que se escribe en dicho artículo, y que se deja entrever que esta solicitud, tan justificada, tenga relación con la solicitud que hicimos desde nuestro partido en «junio de 2015» de un local o despacho para los tres grupos políticos del Ayuntamiento, al que por ley tenemos derecho, para poder atender a la ciudadanía. NO TIENEN NADA QUE VER
Queremos dejar patente la mala intención del artículo, y el daño que está haciendo a terceros; y además queremos que quede claro que la solicitud, que insistimos está apoyada por los servicios sociales y nada tiene que ver con nuestro partido, es para dos personas que a día de hoy SÍ están vivas.
Una simple llamada a la Diputación, como hicimos nosotros, hubiera sido suficiente para contrastar los datos y saber que ha sido un error de transcripción y que la persona que pide la ayuda está viva. Esperamos una rectificación al respecto que cumpla la ley Ley Orgánica 2/1984, de 26 de marzo, reguladora del derecho de rectificación, y que esta clase de “periodismo”, por llamarlo de algún modo, tan pretencioso a la par que tendencioso deje lugar a otro periodismo serio, con informaciones reales y contrastadas y sin dobles intenciones.
Ley Orgánica 2/1984, de 26 de marzo, reguladora del derecho de rectificación.
«el director del medio de comunicación social deberá publicar o difundir íntegramente la rectificación, dentro de los tres días siguientes al de su recepción, con relevancia semejante a aquella en que se publicó o difundió la información que se rectifica, sin comentarios ni apostillas»