Esta tarde, en la sede de Podemos La Bañeza, con el maestro Alfonso Miguel informándonos sobre la situación de clausulas suelo y las formas de afrontar el tema por los afectados (que somos casi todos).
Os dejamos un resumen de su conferencia
¿Qué es?
La cláusula suelo es el interés más bajo que pagaremos por nuestra hipoteca aunque el mercado (normalmente Euribor a 12 meses) marque un interés aún más bajo. Por ejemplo el banco me está cobrando el 5% (si así lo marca la cláusula suelo) cuando en el mercado el Euribor está al 1%.
¿Dónde aparece?
La cláusula suelo la encontraremos entre las condiciones del contrato de la hipoteca, aunque posiblemente no aparecerá bajo este nombre.
¿Cómo sabemos si tenemos cláusula suelo?
Coger la escritura y mirar el tipo de interés. Se puede solicitar al notario o al banco. Vendrá en un apartado con diferentes expresiones. Aunque nuca apracererá la palabra suelo:
- Tipo de interés mínimo
- Horquilla de interés
- Túnel de interés
- Límite a la variabilidad
- Limitaciones a la baja del tipo de interés
- Límite a la aplicación del interés variable
- El tipo de interés pactado no podrá ser superior a X ni inferior a X
- Acotación mínima de interés
¿Cómo surgieron?
Un banco es como un comercio con una regulación muy específica y permisiva por parte de los gobiernos.
Los préstamos fueron en su día con un interés fijo (cerca o más del 16%) tanto los hipotecarios como los de consumo o de tipo personal.
Después aprecieron los préstamos de tipo variable con un indicador o preco de referencia(MIBOR) bastante estable . Después apareció el Euribor como índice de referencia de interés variable.
Se inventaron el préstamo con techo y suelo, éste en torno al 5% o 6%. El interés de los préstamos fue bajando sin embargo los bancos cobraban lo que mercaba la cláusula suelo.
¿Cómo se contrataban?
Los préstamos se convirtieron en contratos de adhesión (no hubo negociación con el cliente).
Hubo muchas demandas que se rechazaban pero hasta que un juez acepto que era ilegal. No creó jurisprudencia y los propios jueces tuvieron que hacer la consulta a las instancias superiores europeas. Europa mucho más avanzada en estos temas falló inapelablemente: “hay que devolver lo cobrado por las cláusulas suelo”
¿Cosa juzgada?
Hubo gente que se anticipó y reclamó. Los jueces les reconocieron la ilegalidad y consideraron las reclamaciones desde el 9 de mayo de 2013, pero no los periodos anteriores. Los consumidores que acudieron a juicio y obtuvieron una sentencia con retroactividad parcial del suelo antes del 21 de diciembre de 2016, no podrán reclamar la devolución total ni presentar una nueva demanda, puesto que será calificada como «cosa juzgada».
¿Cómo se cuánto dinero nos pondrían devolver?
En FACUA hay una calculadora on-line que va pidiendo datos (tener la escritura delante) y te realiza el cálculo. Hay que tener en cuenta que iniciar un procedimiento judicial tiene unos costes, por lo que antes de llevarlo a cabo, debemos sopesar si la cláusula suelo de nuestra hipoteca nos ha perjudicado lo suficiente económicamente y si tenemos garantías de ganar el juicio.
¿Debo negociar con el banco?
Se sugiere que en el caso de tener cláusula suelo en la hipoteca debemos llegar a un acuerdo extrajudicial con nuestro banco y negociar la eliminación a través de la negociar la eliminación de la cláusula. Si no llegamos a un acuerdo tendremos que recurrir a los juzgados.
¿Cómo denuncio?
1.- Lo primero que debemos hacer es escribir una carta al director de la sucursal del banco donde firmamos la hipoteca y solicitarle que anule la cláusula suelo del contrato y reembolse el dinero pagado de más. Si el banco nos la eliminara, sería lo más sencillo para deshacernos de la cláusula suelo.
2.- Si no obtenemos respuesta al cabo de unos días (generalmente alrededor de un mes), se puede entregar una hoja de reclamación al banco explicando el desconocimiento de la cláusula suelo de nuestra hipoteca y pidiendo que se retire inmediatamente.
3.- Si seguimos sin obtener respuesta por parte del banco, el siguiente paso es acudir al Banco de España y presentar un formulario informando del proceso de nuestra queja.
4.- La última opción es la denuncia. Para eso, tendremos que acudir a un abogado especializado o a una organización de consumidores, denunciar los hechos e iniciar el proceso legal.